La comunicación preconcursal de apertura de negociaciones,planes de reestructuración, insolvencia y concurso de "acreedores"
Aznar Giner, EduardoEditorial Tirant lo Blanch

Formato papel
[Disponible. 3-7 días]
antes:
35,00 €
ahora:
33,25 €
La comunicación preconcursal de apertura de negociaciones,planes de reestructuración, insolvencia y concurso de "acreedores"
Aznar Giner, Eduardo
Editorial Tirant lo Blanch
Adaptado y revisado conforme a la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal.
En marzo de 2009 y como consecuencia de la grave y acuciante situación económica en que se hallaba España, se promulgó el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica, a través del cual, y por una discutible vía de urgencia se procedió a una reforma de la entonces vigente Ley Concursal, Ley 22/2003, de 9 de julio.
Una de las medidas tendentes a la prosecución de propuestas anticipadas de convenio, la comunicación negociadora previa al concurso, la mal llamada comunicación de "preconcurso", regulada en el art. 5.3 LC, si que fue un éxito en cuanto a la generalización de su empleo por los deudores, pues se presentaron numerosísimas desde la entrada en vigor de la citada reforma de 2009. Y decimos sólo en cuanto a su empleo, pues, paradójicamente, pese a ello, los convenios anticipados brillaron y brillan por su total y absoluta ausencia, dedicándose tal norma para cualquier cosa, lícita (refinanciación de deuda) o no (liquidación de bienes apresurada) salvo para lo previsto y para lo que fue concebida.
El artículo 5.3 LC, que fue objeto de numerosos conflictos y discusiones en torno a su aplicación, fue derogado por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, dictándose en su lugar el art. 5 bis LC, que, en esencia, mantenía el mecanismo que contemplaba el artículo derogado, pero introduciendo en el mismo una suerte de modificaciones y cambios, que constituía, se supone, una "alternativa" al concurso ofreciendo a las empresas una solución más ágil y económica a sus crisis, a través de acuerdos de refinanciación (exposición motivo III de la citada Ley 38/2011) y, tras la ley de Emprendedores, a los acuerdos extrajudiciales de pago.
Tal artículo, después de sucesivas reformas, como la propia Ley Concursal, quedó derogado el 1 de septiembre de 2020 y sustituida por el vigente Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC en adelante), que, se supone, constituye una herramienta para afrontar la brutal crisis económica y empresarial provocada por el Covid-19, siendo regulada la comunicación preconcursal reseñada, tras la entrada en vigor del TRLC, en el Libro segundo, derecho preconcursal, Titulo I (De la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores), arts. 583 y ss. TRLC.
Pero previamente a la promulgación del TRLC, se aprobó la Directiva UE 2019/1023, de fecha 20 de junio de 2019, de reestructuraciones e insolvencias (DRI), que ha sido objeto de trasposición a nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del citado TRLC (en adelante LRTRLC). Tras dicha reforma, la referida comunicación se regula en el Libro II TRLC, concretamente, en los arts. 585, ss. y concordantes del TRLC.
Voy a dedicar este libro a analizar esta comunicación preconcursal negociadora, entre otros aspectos, su finalidad, presupuestos, tramitación y efectos, acompañando a mi estudio jurisprudencia y un ramillete de formularios sobre la materia.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
II. FINALIDAD DE LA COMUNICACIÓN NEGOCIADORA: PROTECCIÓN NO SOLO AL DEUDOR INSOLVENTE, O EN GRADO DE PROBABILIDAD DE INSOLVENCIA, SINO AL PROCESO DE OBTENCIÓN DE UN PLAN DE REESTRUCTURACIÓN QUE FULMINE TAL SITUACIÓN
III. PROCEDIMIENTO
IV. EFECTOS DESPLEGADOS POR LA COMUNICACIÓN. SU PRÓRROGA
V. RÉGIMEN ESPECIAL
VI. OTRAS CUESTIONES
VII. BIBLIOGRAFÍA
VIII. FORMULARIOS
En marzo de 2009 y como consecuencia de la grave y acuciante situación económica en que se hallaba España, se promulgó el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica, a través del cual, y por una discutible vía de urgencia se procedió a una reforma de la entonces vigente Ley Concursal, Ley 22/2003, de 9 de julio.
Una de las medidas tendentes a la prosecución de propuestas anticipadas de convenio, la comunicación negociadora previa al concurso, la mal llamada comunicación de "preconcurso", regulada en el art. 5.3 LC, si que fue un éxito en cuanto a la generalización de su empleo por los deudores, pues se presentaron numerosísimas desde la entrada en vigor de la citada reforma de 2009. Y decimos sólo en cuanto a su empleo, pues, paradójicamente, pese a ello, los convenios anticipados brillaron y brillan por su total y absoluta ausencia, dedicándose tal norma para cualquier cosa, lícita (refinanciación de deuda) o no (liquidación de bienes apresurada) salvo para lo previsto y para lo que fue concebida.
El artículo 5.3 LC, que fue objeto de numerosos conflictos y discusiones en torno a su aplicación, fue derogado por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, dictándose en su lugar el art. 5 bis LC, que, en esencia, mantenía el mecanismo que contemplaba el artículo derogado, pero introduciendo en el mismo una suerte de modificaciones y cambios, que constituía, se supone, una "alternativa" al concurso ofreciendo a las empresas una solución más ágil y económica a sus crisis, a través de acuerdos de refinanciación (exposición motivo III de la citada Ley 38/2011) y, tras la ley de Emprendedores, a los acuerdos extrajudiciales de pago.
Tal artículo, después de sucesivas reformas, como la propia Ley Concursal, quedó derogado el 1 de septiembre de 2020 y sustituida por el vigente Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC en adelante), que, se supone, constituye una herramienta para afrontar la brutal crisis económica y empresarial provocada por el Covid-19, siendo regulada la comunicación preconcursal reseñada, tras la entrada en vigor del TRLC, en el Libro segundo, derecho preconcursal, Titulo I (De la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores), arts. 583 y ss. TRLC.
Pero previamente a la promulgación del TRLC, se aprobó la Directiva UE 2019/1023, de fecha 20 de junio de 2019, de reestructuraciones e insolvencias (DRI), que ha sido objeto de trasposición a nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del citado TRLC (en adelante LRTRLC). Tras dicha reforma, la referida comunicación se regula en el Libro II TRLC, concretamente, en los arts. 585, ss. y concordantes del TRLC.
Voy a dedicar este libro a analizar esta comunicación preconcursal negociadora, entre otros aspectos, su finalidad, presupuestos, tramitación y efectos, acompañando a mi estudio jurisprudencia y un ramillete de formularios sobre la materia.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN
II. FINALIDAD DE LA COMUNICACIÓN NEGOCIADORA: PROTECCIÓN NO SOLO AL DEUDOR INSOLVENTE, O EN GRADO DE PROBABILIDAD DE INSOLVENCIA, SINO AL PROCESO DE OBTENCIÓN DE UN PLAN DE REESTRUCTURACIÓN QUE FULMINE TAL SITUACIÓN
III. PROCEDIMIENTO
IV. EFECTOS DESPLEGADOS POR LA COMUNICACIÓN. SU PRÓRROGA
V. RÉGIMEN ESPECIAL
VI. OTRAS CUESTIONES
VII. BIBLIOGRAFÍA
VIII. FORMULARIOS
Formato papel
[Disponible. 3-7 días]
antes:
35,00 €
ahora:
33,25 €
FICHA TÉCNICA
- ISBN: 978-84-1147-474-0
- Fecha de edición: 2022
- Idioma: Castellano
- Encuadernación: Rústica
- Nº páginas: 323
- Materias: DERECHO MERCANTIL / Derecho concursal /
Otros libros de Aznar Giner, Eduardo
-
Formularios concursales y de la insolvencia. Derecho preconcursal y planes de reestructuración.
Aznar Giner, Eduardo ; Zubizarreta Urcelay, Vicente
antes:
159,90 €ahora:
151,91 € -
Formularios concursales y de la insolvencia. Derecho preconcursal y planes de reestructuración
Aznar Giner, Eduardo
antes:
99,90 €ahora:
94,91 € -
Formularios de sociedades de capital. La sociedad de responsabilidad limitada.
Aznar Giner, Eduardo
antes:
99,90 €ahora:
94,91 € -
Formularios de uso frecuente
AAVV ; Alonso Más, Carlos Luis ; Aznar Giner, Eduardo
antes:
119,90 €ahora:
113,91 € -
Reestructuraciones e Insolvencia
Aznar Giner, Eduardo ; Zubizarreta Urcelay, Vicente
antes:
149,90 €ahora:
142,41 € -
Formularios concursales y de la insolvencia . El concurso de acreedores
Aznar Giner, Eduardo
antes:
129,90 €ahora:
123,41 € -
Contabilidad y los impuestos en el concurso de acreedores
Aznar Giner, Eduardo
antes:
89,90 €ahora:
85,41 € -
Resolución judicial del contrato en interés de concurso, La
Aznar Giner, Eduardo
antes:
21,90 €ahora:
20,80 € -
COVID-19 Medidas societarias y concursales Doctrina, legislación y formularios (IBD)
Aznar Giner, Eduardo
antes:
39,90 €ahora:
37,91 € -
Refinanciaciones de deuda, acuerdos extrajudiciales de pago y concurso de acreed
Aznar Giner, Eduardo
antes:
59,00 €ahora:
56,05 € -
Comunicación del artículo 5 bis de la ley concursal, La
Aznar Giner, Eduardo
antes:
25,00 €ahora:
23,75 €