Derecho urbanístico en la Comunidad de Madrid

Marcial pons

Derecho urbanístico en la Comunidad de Madrid

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Derecho urbanístico en la Comunidad de Madrid

Marcial pons

Ese libro está pensado inicialmente para apoyar la enseñanza del Derecho urbanístico en los planes de estudio de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid. Por largo tiempo, hasta finales de los años noventa, el Derecho urbanístico fue fundamentalmente estatal, con desarrollos más o menos innovadores en algunas comunidades autónomas. Tras la STC 61/1997, que declaró inconstitucional una buena parte del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1992, el Derecho urbanístico pasó a ser básicamente autonómico (y municipal), si bien sometido a ciertas condiciones básicas estatales que impiden divergencias sustanciales entre los distintos Derechos autonómicos, fundamentalmente en lo que tiene que ver con el estatuto de la propiedad urbana.
En la Comunidad de Madrid, el Derecho urbanístico general se contiene en la Ley madrileña 9/2001, de 17 de julio, del Suelo (LSM), reformada muchas veces. A esta regulación autonómica se han superpuesto, de forma muchas veces problemática, varias leyes estatales de suelo, ahora integradas en el Texto Refundido estatal de 2015. Las contradicciones estructurales entre la LSM y el Derecho estatal de suelo son cada vez más notorias. Mientras que la LSM sigue teniendo como perspectiva reguladora la expansión de las ciudades, el Texto Refundido estatal de 2015 ya opta claramente por la recuperación y renovación de la ciudad consolidada. La LSM se va adaptando poco a poco a la perspectiva legislativa estatal, a través de reformas parciales, como la introducida por la Ley madrileña 11/2022, de 21 de diciembre.

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